En principio, este nome pouco dirá aos muradáns, pero si dicimos que no ano 1839 foi o primeiro alcalde constitucional de Muros, xa aportamos un dato descoñecido para moitos.
Nado na vila de Corcubión, no ano 1807, de 1839 a 1840, aos 32 años, foi alcalde de Muros, cargo do que foi separado por haber posto en prisión sendo alcalde, a un xuíz de 1ª instancia.
Da súa ampla biografía publicada no Diccionario de Catedráticos Españoles de Dereito por Dona Carmen Losa Contreras, entresacamos estes datos:
Datos biográficos
Nació en Corcubión, La Coruña, el 19-03-1807. No tenemos datos de su familia, parece que su origen fue muy humilde, pues sabemos que pudo efectuar los estudios de la licenciatura de Derecho gracias a su expediente académico. Se le concedió, según el art. 303 del Plan de Estudios Carlomarde, 1824, la exención de costo en el grado de licenciado, por ser uno de los 10 estudiantes “pobres, más sobresalientes en doctrina y conducta”.
No tenemos datos de su familia, aunque, en numerosos escritos, pone de manifiesto “su escasez de medios para sostener a su familia”. Jubilado en 1892, no sabemos con exactitud la fecha de su fallecimiento, si bien, por los datos de su expediente, lo situamos hacia 1895.
Formación
Bachiller en filosofía en el Colegio San Gerónimo, Santiago de Compostela, en 23-06-1821 y en leyes el 11-06-1824.
Licenciado en leyes, “nemine discrepante” a merito (art.303, Plan Estudios de 1824), en Santiago de Compostela el 10-11-1832.
Por dispensa ministerial (O.M. 02-12-1871), se le expidió el grado de doctor. Fecha de expedición del título, por haber retrasado el pago de los derechos, en 29-09-1886.
Carrera académica
José Mª de la Barrera inició su carrera profesional como Abogado de los Reales Consejos en 1833, ocupando cargos políticos en Muros. Hemos de decir que su actividad fue esencialmente docente, y su labor investigadora prácticamente nula. La dilatada trayectoria académica de Barrera, se vio marcada por la difícil integración de las Escuelas de Notariado en el ámbito de la enseñanza superior, a lo que, en su caso, la falta de formación académica no ayudó. Por otro lado, las dificultades crecieron por “su carácter duro y en extremo susceptible y díscolo no le permitía subordinar sus opiniones y juicio al de otros”, lo que le reportó numerosos sinsabores y la enemistad de muchos de sus compañeros de Claustro, en las numerosas Universidades donde desarrolló su labor docente.
A pesar de todo ello, aventuramos que debió tener excelentes relaciones con algunos de los miembros del Consejo de Instrucción Pública, pues el expediente que se le incoó por falta grave se resolvió de un modo satisfactorio para él. E, incluso, se vieron atendidas muchas de sus peticiones, quizás para que “no se hiciera notar” más.
Tras ejercer como alcalde en Muros, debió trasladarse a La Coruña en 1840 “por consecuencia de una causa que se le formó en el año 1839 o 1840 por haber puesto en prisión siendo Alcalde, a un Juez de 1ª instancia y que también tenía entendido se le había amonestado por el Tribunal por falta de prudencia al informar en sus estrados”.
En La Coruña, ejerciendo como abogado, dio comienzo su carrera académica. Por R.D. de 13-04-1844, se habían creado las Escuelas de Notariado, en cada capital de Audiencia; habiendo quedado libre una cátedra en dicha escuela por fallecimiento de su titular, Barrera fue nombrado, por recomendación del Presidente de la Audiencia, Catedrático titular del Notariado en 18-07-1849, encargándose de la asignatura “Redacción de instrumentos públicos y Nociones de Derecho civil”, con un sueldo de 2500 pts. anuales, y absoluta compatibilidad con el ejercicio del foro.
Los años de docencia en la Audiencia de la Coruña se vieron mediatizados por la conversión de las cátedras de escribanos en estudios universitarios de Notariado. Éstos debían impartirse en las Facultades de Derecho de los mismos lugares (R.D. 20-08-1851), con la excepción de la existente en La Coruña que pasaría a Santiago, como efectivamente ocurrió por la aplicación de la R.O. de 18 de agosto de 1853. Con este motivo a fecha 1 de octubre de 1851 se le incorporó en el escalafón de catedráticos de las universidades del reino.
Coincidiendo con estos años de mudanza, en 1852 se le incoó un expediente disciplinario, pues, en los exámenes ordinarios de 1852, tras una disputa donde se puso en tela de juicio su opinión sobre determinados conocimiento en la calificación de un alumno, el Catedrático y el Director de la Escuela de Notariado, llegaron a las manos tras ofenderse de palabra y obra. El Rector de Santiago (doc. 264-4º-52), comenzó la instrucción, pidiendo a Barrera que no abandonase La Coruña, para recabar su testimonio. Ante su desobediencia, se marchó a la Corte a gestionar su caso, se le abrió expediente por falta de licencia y se le privó de sus ingresos en los meses de mayo y junio. El Rector de Santiago informaba: “… Considero por lo tanto responsable al catedrático Barrera de todo lo ocurrido en los días del examen, y a esto debe añadirse la falta siempre grave de haberse marchado a Madrid sin mi autorización, pero mucho más grave en las circunstancias en que lo hizo sustrayéndose de concurrir ante la autoridad competente, y hasta tratando de engañarla diciendo que acerca de la licencia que se requiere le daría el conocimiento debido, siendo así que el mismo día o el siguiente salía para Madrid con un pasaporte expedido para ‘Santiago u otros puntos’, en cuyos actos se da a conocer que su carácter se presta de mala gana a la subordinación, es poco noble, y suspicaz en demasía”.
Tomó posesión como catedrático de la Escuela de Notariado de Oviedo (CANELLA, p. 202) para impartir la asignatura “Nociones de Derecho civil, mercantil y penal”, el 23-10-1858, con un sueldo de 300 pts. anuales. Fue ascendido al nº 24 del escalafón de profesores de enseñanza superior, por R.O. 30-04-1861, con un salario anual de 500 pts. En 1862, además de su asignatura, con muy pocos alumnos, se hizo cargo, entre enero y marzo, de la Cátedra de Derecho civil común y foral, por licencia, de su titular, Ramón Lorente y Mora.
Ante el poco éxito de sus gestiones, consiguió añadir, en 1867, a su cátedra de primer año la de “Teoría y práctica en la redacción de instrumentos y actuaciones judiciales” como sustituto, en 2º curso (Orden de la Dirección General de Instrucción Pública, 1-05-1867), con una gratificación de 300 ducados anuales, hasta 1871. En virtud de tal sustitución, y, al amparo de la libertad en el régimen de la enseñanza universitaria que trajo el sexenio revolucionario (Decreto de 21-10-1868), de la Barrera intentó de nuevo acceder a una cátedra de número, al solicitar en Instancia de 21-06-1871, su traslado como catedrático numerario de Facultad a la cátedra “Teoría de procedimientos y práctica forense”, solicitud que fue denegada.
Otras actividades y méritos
Real Cédula de Abogado de los Reales Consejos, expedida el 13-08-1833. En 1835, El Arzobispo de Santiago le autorizó a adquirir, leer y retener libros prohibidos.
1838, nombrado, por el Comandante de la Marina de la Coruña, asesor interino en Muros.
1839, Alcalde Primero Constitucional en Muros. El ayuntamiento le comisionó en 1840 para visitar las escuelas del Partido de Muros; y la Comisión General de Instrucción Pública de la provincia le autorizó para hacerlo por sí o por persona de su confianza.
1841-1853. Se incorpora al Colegio de Abogados de la Audiencia de la Coruña. En 1845, es miembro de la comisión encargada de revisar el Reglamento interior. Desempeñó por turnos la defensa de pobres. En 1849 es nombrado, por el Ayuntamiento de la Coruña, vocal de la asociación de Cárceles. 1849-1851, es elegido como uno de los letrados sustitutos en caso de recusación o impedimento al abogado propietario del Tribunal de Comercio de la Coruña.
- Miembro del Colegio de Abogados de Santiago. Encargado de la Abogacía de Pobres en 1855 y 1858.
- Miembro del Colegio de Abogados de Oviedo; la Junta de Gobierno le nombró abogado de pobres.
En los años 1865, 1868, 1871 y 1872 fue vocal de los Tribunales de oposiciones: A cátedra supernumeraria de Practica Forense, Filosofía del Derecho, Dº internacional y Legislación comparada en la Universidad Central; de latín y castellano en los institutos de Oviedo y Gijón; de redacción de instrumentos públicos en la Escuela del Notariado de la Central, y procedimientos judiciales y practica forense en Oviedo.
Principales obras
Nociones de Dº civil, mercantil y penal. Valladolid, 1881. 653 págs. Con la adenda “El examen filosófico-jurídico de la libertad del interés convencional y la irresponsabilidad penal de la usura”. Esta obra, manual de la asignatura aparece como consecuencia de la libertad de uso de libros de texto que se consagró en el último tercio de siglo (MARTINEZ NEIRA, 2001, págs., 29-33). Bien esta Adenda, por su fecha, o bien una “Exposición en favor de la Unificación legislativa” podrían ser el ejercicio de exposición para el grado de doctor que se realizaba en el siglo XIX (de MIGUEL, págs., 197-122).
Se mencionan en su expediente un opúsculo que no sabemos si llegó a publicarse, ni la fecha de su elaboración: “Proyecto sobre regreso a las Universidades de los estudios teológicos”.
Hola buenas los restos de esta persona jose maria de la barrera montenegro estan en el cementerio de la cisterniga en valladolid se murio el 22-3-1899
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Gracias por la información ¡
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