DE INTERES LOCAL

Sermones de Cuaresma

Con numerosa concurrencia vienen celebrándose en nuestra espaciosa Iglesia Parroquial, las dominicas de Cuaresma, a cargo de virtuosos padres fImagen1.pngranciscanos del inmediato Convento de Louro.

Conferencia de San Vicente

El domingo 13 del corriente mes celebró esta asociación de caridad una de sus juntas generales en el salón que ocupa la Escuela Pía. El discurso de reglamento estuvo á cargo de nuestro querido y buen amigo D. Manuel Lariño Lucías, Presidente que es de aquella benéfica institución.

Serenata

Con motivo de celebrar sus días , el Director de la banda de música muradana, el 14 del actual, fue obsequiado par sus alumnos, los jóvenes Músicos, con un brillante concierto. Con tal motivo se organizó en el relleno un animadísimo paseo.

Pozos Negros

Lamentamos continúen sin rellenar los cenagosos charcos de la Agesta, ¿La minoría ligaria no se ocupó yaImagen2.png de eso en otra época? ¿porqué no se hacen desaparecer?

De colaboración

La LIGA DE AMIGOS se honra hoy con la publicación del brillante trabajo literaria, de D. B. L. á quien da con tal motivo sinceras gracias por el obsequio, dispensado, á la vez que pone gustosa sus columnas a su disposición.

Sentido pésame

Nuestros buenos amigos D. Manuel Andrade y Doña Balbanera Morales, de la ciudad del Apóstol, lloran hoy la pérdida de una preciosa niña de catorce meses de edad, que subió al cielo a últimos del pasado Enero. Sentimos la irreparable, pérdida que nuestros amigos acaban de experimentar, y de todas veras le deseamos resignación y conformidad cristiana con los designios supremos del Altísimo.

Muy bien por los valientes

Hemos tenido el gusto de leer en nuestro querido colega «Correo de Galicia>>  unos hermosísimos artículos de actualidad, político religiosos firmados por nuestro queridísimo paisano el elocuente orador Sagrado y Licenciado en Derecho, D. Francisco Suárez Salgado que han llamado poderosamente la atención entre el pueblo muradano, el que se halla en un todo identificado con la doctrina regeneradora en ellos sentada, aunque algunos ciudadanos, (muy pocos y se empeñan en constituir la excepción tristísima de la regla. Nuestra más cordial enhorabuena al valiente escritor.

Feliz viaje

Ha regresado a Vigo, en donde se halla establecido nuestro buen amigo. D, Francisco Lariño, padre del ilustrado sacerdote don Francisco, que en la actualidad se halla regentando el curato, de Darbo (Cangas.) Lleve buen viaje nuestro amigo.

Restablecido

Hállase ya bien de salud nuestro inolvidable amigo, el simpático Administrador de la Aduana de Vivero (Lugo) D. Eduardo Castañón y Cruzada. Celebramos infinito la mejoría.

Una operación

Ha sido operada por un hábil Galeno Santiagués la señora doña Dolores García Roig, esposa de D. Adelino Portals Portals. Hacemos votos por su pronto restablecimiento.

Convalecientes

Hállense bastante mejoradas en sus dolencias las señoras doña Manuela García esposa de nuestro querido Presidente y doña Juana Lariño, hermana de nuestros distinguidos consocios D. Manuel y D. Bernardo. Celebraremos que laImagen3.pngmejoría inicia da vaya en aumento y que pronto las tengamos el gusto de saludarlas en la calle.

Mitin en Santiago

Con enorme concurrencia celebrose en Compostela el animado mitin contra las Escuelas Laicas. Fueron innumerables las adhesiones que de toda Galicia se recibieron. Muros estuvo también representada, pues el Sr. Cura telegrafió adhiriéndose él y sus fieles, y particularmente lo hizo nuestro buen amigo D. Manuel Lariño Lucias.

Pared al suelo.

A consecuencia de los temporales últimos, se vino a tierra un lienzo del cementerio católico de esta villa. Con motivo de su recomposición ¿no poderían acometerse en la Necrópolis las obras urgentísimas que necesita?—Tienen la palabra los que pueden contestar satisfactoriamente a la pregunta formulada.

¡Descanse en paz!

El 21 del actual recibió cristiana sepultura el anciano marino D. Ángel Diez. Al sepelio y funciones de entierro concurrió un número crecido de fieles. Acompañamos a su atribulada familia en el justo dolor que le embarga.

Para el Sr. Alcalde

Hace tiempo que se hallan vacantes,-varios destinos de empleados, en ese Ayuntamiento y que se están desempeñando interinamente. ¿Hasta cuándo ha de durar esa interinidad? ¿Por qué no se anuncian sus vacantes con arreglo a la ley de 10 de Julio de 1883 y R. O: de 23 de Septiembre de 1891?

Una queja

Se acercaron a esta: redacción varios vecinos de este pueblo, y aun algunos forasteros, quejándosenos de que la única Administración de tabacos y efectos timbrados que existe en-este pueblo, cierra sus puertas, de doce a dos de la tarde y algo más, y por las noches a eso de las nueve, todo lo más tarde,: ocasionando con esto graves perjuicios al público que se ve privado de adquirir tales efectos a lea mejores horas de que pueden disponer, especialmente los jornaleras y viajeros;- haciéndonos ver que en el caso de que por medio de la prensa no pueda conseguirse otra cosa se verán obligados  denunciar el hecho quien corresponda.

Rogamos pues al Sr. Administrador tenga a bien, si le es posible, atender tal queja, y c los visitantes recomendamos paciencia y mucha prudencia, pues ya saben que el papel de denunciantes propio de seres ruines.

Lluvias

Las grandes lluvias que cayeron estos días han arrastrado los sembrados y paredes de huertas, causando bastantes daños. El rio de Badernado que desagua en la balsa de los molinos de Anido, llevó a aquel lugar además de las tierras, gran cantidad «de culebras y otros reptiles y unos seis zorros ahogados.

Boda próxima

Anúnciese para plazo breve la boda de la Srta. Carlota Fuentes Lago con el joven don Manuel Martínez, socio de la LIGA DE AMIGOS. Nuestra felicitación anticipada y que la dicha sea eterna.

Enfermos

-Hallase enfermo nuestro querido consocio don Luis Hermida. Deseámosle pronto y total restablecimiento.

-Hallase guardando cama la señora de nuestro  muy querido amigo el batallador concejal ligario D.  Jacobo Formoso Porrúa. De todas veras deseamos su pronta mejoría.

 

 

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p/ César Lorenzo Gil

(do seu blog  https://dubidasdogalego.wordpress.com/

 Non son moi orixinal ao recordar que a liña máis feble do galego actual é a da súa transmisión familiar. Vouvos dar o exemplo da miña familia. Os meus avós da Maraña tiveron seis fillas e un fillo, loxicamente todos eles galegofalantes. De todos os curmáns, catorce en total, só tres falamos o tempo todo en galego; outros tres vano alternando e os oito restantes son castelanfalantes. Todos osImagen2.png meus curmáns segundos (teño cinco que xa falan) son monolingües.

Como símbolo desa perda, un dos campos léxicos máis danados da nosa lingua é o da infancia. Neste artigo explicamos como chamarlles a moitos obxectos relacionados cos bebés en galego.

A miña nai chámalle cunas ás que se compran e berces aos que se facían antigamente nas casas. Seguindo o clásico esquema de diferenciar as cousas modernas (en castelán) das vellas (en galego), moitas persoas perden o vínculo entre a palabra tradicional e o obxecto que mercan na tenda.

Amais de berce e berzo, en galego podemos usar rolo e barrelo cando no deseño da camiña do bebé se favorece que abanee con facilidade. De aí o verbo arrolar, que significa abanear o berce suavemente para facilitar que adormeza.

Por certo, en galego facer durmir exprésase a través do verbo adormentar ou adurmiñar: “Adormentei a nena; xa podemos cear”.

Pañal é un castelanismo, tan estendido que incluso hai quen o usa co plural propiamente galego (pañais) e practicamente desaparecido na fala popular. En galego debemos dicir cueiro. Ás veces úsase a palabra en plural porque antigamente os pequechos levaban máis dun cueiro. Agora, cando o 90% dos que se usan son dun só uso, é máis conveniente usar a forma en singular. “Ese cueiro garda un segredo ben fedorento”.

Outra palabra do vocabulario dos bebés pertencente á lingua española pero moi xeneralizada entre os galegofalantes é sonajero. De feito, a idea de facer este texto veume cando o outro día escoitei dicir sonaxeiro, durante unha conversa na que un pai primeirizo quería requintar o seu galego. En realidade, no noso idioma ese instrumento que fai barullo e distrae as crianzas debemos chamalo axóuxere ou ruxerruxe.

O cochecito en galego recibe o nome de carro ou carriño de bebé. A silla, loxicamente, debemos chamala cadeira.

Nalgúns outros casos, a palabra habitual en galego aínda que admitida substituíu a forma tradicional, que resiste en ámbitos reducidos. Eis o caso de biberón, galicismo admitido en galego pero de moi recente uso. Tanto a miña familia de Arbo coma a miña familia da Limia usan aínda mamadeira. “Esa botella váleme para facerlle unha mamadeira para os años”. “Ese reprís que ten teu fillo pasáchesllo ti pola mamadeira”. É unha palabra en perigo de extinción, así que se vos presta, usádea.

O dicionario da RAG admite chupete aínda que logo aplícalle á palabra chupeta algúns significados que obviamente derivaron do acto de chuchar esa bocadiña de goma. Dicionarios como o Estraviz recoñecen a palabra chupeta e non chupete. Eu penso igual. Sempre escoitei chupeta entre os galegofalantes e xa nos dicionarios históricos aparece chupeta como sinónimo de hábito de fumar, nunha clara ampliación do vicio de chuchar que teñen as crianzas.

Amamantar é un castelanismo. As formas galegas son amamentar e aleitar. “Non aleitei ningún dos fillos”. Tamén se pode usar a perífrase dar de mamar.

Seguro que coñecedes moito máis vocabulario do mundo dos bebeciños ou naipelos, que é outro nome que se lles pode dar aos meniños de peito ou lactantes. Xa sabedes que este blog sempre se enriquece coas vosas contribucións.

 

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p/ Elixio Vieites

Tipo de ben: Fonte,
Concello: Muros
Parroquia: Esteiro (Santa Mariña)
Lugar: Trión
Outra denominación do ben:
Cronoloxía: Descoñecida,

Descrición: O conxunto da fonte está nun espazo afundido á beira da estrada que vai de Trión a antiga Igrexa de Santa Mariña. O chan está recuberto de pedra e accédese por unhas pequenas escadas. Foi remodelada fai uns anos e agora hai un pequeno banco ao seu carón. O cano está colodado nun perpiaño de granito e verte a auga nun sumidoiro enreixado. A auga da fonte, segundo os veciños, ten a particularidade de ser beneficiosa para a saúde.
Propiedade: Pública Imagen1.png
Uso actual: Equipamento
Código no Catálogo da Xunta:
Categoría do Ben: Dato descoñecido
Elementos mobles:
Tradición oral:
Referencias bibliográficas:

Afeccións:

Ten camiño de acceso?: Si
Está cuberto de maleza: Non
Está afectado por algunha obra: Non
Estado de conservación: Bo

Onde está localizada:

Latitude: 42.7911567538
Lonxitude: -8.98866713047

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Por documento de data 8 de agosto de 1518 asinado ante o escriban Joan Ortis, Don Diego de Muros III, bispo de Oviedo e administrador do Hospital Real de Santiago, dona ao Colexio Maior San Salvador de  Oviedo de Salamanca, do que foi fundador, e ao Hospital,  a cantidade de seis mil ducados de ouro, para atender os gastos de ámbalas dúas fundacións.

In dei nomine Amen sepan quantos esta carta de donación vieren como nos don diego de muros… obispo de ouiedo… administrador general del hospital…… otorgamos Imagen5.pnge conozemos e dezimos que por quanto nos hemos fundado el colegio que se dize de san saluador de ouiedo en la cibdad de salamanca el qual avnque le hemos dado y dolado Renta no tiene tanto que le baste para los gastos grandes que en el se hazen y por que tan santa e pia hobra onon decaya antes vaya adelante es nuestra yntencion de ayudar en lo que pudiéremos para ello, otrosy acatando ansymismo los grandes gastos que se hazen enel dicho hospital de santiago en curar e alimentar los pobres eregrinos que a el ocurren de todas las naciones que alli vienen en Romería y de otras partes y en criar los niños spositos que alli se hechan e oirás muchas hobras pias porende assi por estocomo por otras muchas causas justas e santas e por seruicio de dios nuestro señor e nuestra propia libre e agradable voluntad por la presente hazemos gracia e donación pura mera e inrrevocable ques dicha entre vibos al dicho Colegio de salamunca e al dicho hospital de santiago de seys mili ducados de oro en esta manera los quatro mili ducados para el dicho Colegio E los otros dos mili para el dicho hospital de santiago los quales dichos seys mili ducados que ansi donamos señalamos e damos en las debdas que nos son devidas de la Renta deste nuesíro obispado de los años de quinientos e quinze e diez e seys e sy aquellos no baslaren lo que fallare se cobren de las Reñías del año de quinientos e diez e siete especialmente las debdas que nos devenlas personas siguienles (nombra unos 40).

 (Oviedo 19 Agosto 1518 —ante San Joan Ortis escribano)”

 

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p/ Manuel Lago Álvarez.

O documento transcrito forma parte do protocolo do notario de Muros, Thomas de Campelo e atópase depositado nas dependencias do Arquivo Histórico Universitario de Santiago.

Case integramente, o documento é un poder para pleitear Imagen1.pngante a Real Audiencia e outros tribunais e foi outorgado no ano 1789 polo veciño de Serres Baltasar Fernández, na súa condición de síndico do Convento dos Franciscanos de Louro.

Por outros poderes que teño transcrito, veño observando que  estes seguen una pauta moi especial: non se limitan a outorgar só o poder, senón que fan historia con todo luxo de detalles dos motivos que levan aos outorgantes a preitear na defensa dos seus bens e dereitos.  A día de hoxe isto non se fai.  Comparecese ante notario ou fedatario público, e outorgase poder para avogados e procuradores sen necesidade de explicar motivo concreto algún polo que se vai litigar.

No documento que nos ocupa, o nomeado Baltasar Fernández queixase do trato recibido polos frades do Convento de Louro aos que o reitor da parroquia de Serres, Juan Diego Blanco negou o seu dereito ao xaxún e comida o día da función da Virxe do Carme, na parroquia de Serres, pese a que, trinta anos antes, por fundación da veciña de Serres María Maneiro de la Llama así se estipulaba, xunto coa esmola aos frades da cantidade de vintecatro reales de vellón.

Fago notar que o outorgante (Baltasar Fernández), en nada reclama os reales, senón o dereito dos frades ao xaxún e comida, no día en que acoden a Serres á función do Carme.

Todo o resto, detállase no documento, salvo un detalle, do que me din conta por ter de antes de coñecer este documento unha referencia a unha visita de inspección que se fixera á parroquia de Serres no ano 1771 por parte dun delegado do Arcebispo.  Nesta visita o delegado ordenou a revisión das contas da Confraría do Carme dende o ano 1767 ( e incluso de algúns anos antes) e ademais declara: “extinguido el abuso de la comida a los señores sacerdotes como ageno a los berdaderos profesos del estado sacerdotal por consequenzia y experienzia”; no obstante, se le permite a la cofradía que “les dé unha parba con la moderación que requiere tan sagrado estado”.imagen4

De momento, non teño datos de como quedou o preito, pero visto o anterior a min quédame claro que o rector da parroquial de Serres naquel intre (1788), obrou como se lle ordenara na inspección de 1771.

Poder para pleito por la Misa del Carmen en la Parroquia de Serres – 1789

En la villa de Muros a ocho días del mes de febrero año de mil setecientos ochenta y nueve, delante de mí, notario y testigos pareció presente Baltasar Fernández vecino de la parroquia de San Juan de Serres, que hace como síndico del Conbento de Nuestro Padre San Francisco de la misma villa, y dijo, que María Maneiro de la Llama ahora difunta, y fue desta vecindad, hizo cierta fundación de una función de la cofradía, o ermandad de Nuestra Señora del Carmen desta parroquia de Serres, con Misa cantada el día que señala, mandando que en el asistiesen seis Religiosos sacerdotes, los ue abían de tener la obligación de mantenerse en el confesorio para confesar a todas las personas que concurrieren a confesarse, De manera que dicha fundadora dejó Imagen2.pngseñalados perpetuamente para el cumplimiento de su voluntad pasados de cinquenta y ocho reales de vellón de renta anual,qe posehya como propios, para que los Mayordomos de la citada cofradía o ermandad, los percibieren por siempre jamás para aumento dellas y vido les impuso la obligación de que por cuenta de la misma renta abian de satisfacer cada año, en el día de dicha función veinte y quatro reales de vellón a los síndicos que fueren del motivado Conbento por razón a limosna, y el trabajo que tenían en el los seis Religiosos por su asistencia a dicho confesionario; Falleciese conesta disposición la María Maneiro, y luego los Mayordomos de la indicada cofradía entraron al goce y posesión de dicha renta ay más de treinta años durante los quales han cumplido enteramente con la voluntad de dicha fundadora en concepto de quien no solo pagaron anualmente y en los días de la función de dicha ermandad los veinte y quatro reales de vellón por la limosna y trabajo de los seis Religiosos que concurrían dellas, sino también de ue siempre se les suministró por los propios Mayordomos el desayuno correspondiente y la comida del medio día de cada función, según así también lo comprendía dicha fundación, y estuvo todo ello en observancia sin la menor contradición, así asta que abiendo llegado la función de dicha Ermandad del año próximo de mil setecientos ochenta y ocho, abiendo tenido abiso el Reverendo Padre Guardián del recordado Conbento, que le suministró el Mayordomo de la Cofradía del día en ue se celebraba, mandó asistir a ella los seis Religiosos qe era costumbre. Presentaronse en la Iglesia Parroquial de dicha parroquia de Serres los qe cumplieron con la obligación a que eran destinados pero notaron que Juan Diego Blanco rector propio della, dio orden a los Mayordomos qe eran de la misma cofradía para que no les suministrase el desayuno, y menos la comida quando dicha función se concluye después del mediodía, y el citado convento se halla a distancia de más de media legua; Lo que dio motivo a qe el otorgante como tal síndico hiciese recurso al Padre Probisor deste Arzobispado de Santiago pidiendo el amparo reposición enqe seallaban los conmemorados Religiosos en el asumpto explicado; obpusose ocho Curas; Alegose departe aparte, y con visto de lo deducido se dio sentencia admitida a favor de dicha Comunidad, de la que tiene entendido el otorgante, de que el nominado Don Diego Blanco querello de fuerza para delante su excelencia los señores de la Real Audiencia deeste Reino ue se admitió y mandó librar Real Probisión de emplazamiento la que se hizo saber al compareciente en el día de ayer; a fin de seguir este recurso, Dice, Que desde luego y en la forma y manera que en derecho le permita, da y entrega todo su poder cumplido, el que tiene, se requiera, y sea necesario, y deba valer, a favor de Don Blas Sánches Vaamonde y don Francisco Nabarro y don Francisco de Mata y Ron Procuradores de número de la dicha Real Audiencia, acaso uno, y cualquiera de ellos (oliaium), con cláusula expresa de que lo puedan jurar y substituir en los mas Procuradores, agentes y personas qe les pareciere, para que en nombre del otorgante, y representando la suya, como tal síndico de dicho convento, acudan delante de su excelencia los propios señores, pidiendo la confirmación de la referida sentencia definitiva dada en la expuesta causa por el expresado Probisor de Santiago, y qe a dicho cura se le condene en las costas qe indebidamente hace ocasionar con las más providencias a que se hace acreedor por sus injustos recursos; Y al intenso presenImagen3.pngten todo género de apelamientos, y papeles, pidan juramentos y compulsorios, hagan Acusaciones, ofrezcan, y den informaciones, y Probanzas, aleguen, tachen, y deduzcan, oygan autos, y sentencias interlocutorias, y definitivas, consientan las faborables, y de las en contrario, supliquen, apelen para donde y con donde deban, sigan estos recursos asta su conclusión, y hagan en dicho asumpto todas las mas agencias, y diligencias, favorables al referido otorgante como tal síndico, las mismas qe el hiciera si se allase presente, que el poder qe para todo lo susodicho se requiera, y lo más a ello anejo, incidente, y dependiente, el mismo les da, y otorga amplio y valiente, sin limitación de cosa alguna, con todas las cláusulas, vínculos, fuerzas y firmezas para su validación necesarias, qe aquí no vayan explicadas, las ha por tales, y con las de aprobación, relevación, libre, franca y general administración, poderíos y sumisión que hace de dicha Suprema y superiores a los Jueces y Justicias seglares de SM de su fuero y jurisdición para que así se lo hagan ejecutar, guardar y aber por firme como por sentencia definitiva de juez competente, consentida y pasada en autoridad juzgada, renumpció  todas leyes, fueros, y derechos de su favor, y la Gente qe las prohíbe en forma.  Así lo dijo,otorgó y firmó de su nombre, seguidamente fueron testigos Manuel Isidoro Campelo, Jph María Campelo, y Guseph María Romero y Figueroa, vecinos y residentes en la villa y de todo ello y de conocimiento de el otorgante, yo notario doy fe =en dos= folios= se =es =dobles =entre =Rv =Maneiro =los seis Religiosos= valga . Baltasar Fernández.  Ante mí, Thomas de Campelo.

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